Actualmente, dos Estados del país permiten la maternidad subrogada (Tabasco y Sinaloa), mientras que en los Estados de Querétaro, Coahuila y San Luis Potosí está completamente prohibida, pero recientemente ha habido algunos intereses respecto a su regulación.
Monserrat Ayala Razo.
La maternidad subrogada es un contrato por medio del cual una mujer acepta gestar en su vientre a un bebé, que será entregado a una persona o pareja que pretende fungir como su madre o padre, una vez que nazca. A esta práctica también se le conoce como “renta de úteros”, “gestación por contrato”, “vientre
de alquiler”, “maternidad por sustitución” o “mujer portadora”, en caso de ser inseminada con óvulos o espermas del donante interesado.
En México, los Estados de Tabasco y Sinaloa permiten este tipo de contratos, que son remunerados y disfrazados como un tipo de “regalo”, para que no sea tipificado como compra o tráfico de menores, y disfrazar la indemnización económica.
En México, la falta de legislación sobre la maternidad subrogada en la mayor parte del país hace que exista un limbo legal.
Solo tres Estados hablan de gestación subrogada en su sistema legal:
TABASCO. Solo se permite la gestación subrogada altruista para parejas heterosexuales.
SINALOA. La ley la permite a parejas heterosexuales, siempre que exista una incapacidad médica.
CIUDAD DE MÉXICO. Lo que existe es una propuesta de ley centrada en asegurar los derechos
de filiación de los padres intencionales.
¿POR QUÉ TABASCO?
De acuerdo a los datos del periódico local de Tabasco, “El Heraldo”, en el año 2015 se dio una “fiebre de adopciones”, en la que la entidad llegó a exportar hasta 60 niños que daban en adopción, administrativamente, a parejas del mismo sexo y extranjeros, lo que en su momento generó un problema jurídico y social, ya que había menores sin identidad jurídica debido también al tema de la maternidad subrogada.
A raíz de ello, el 14 de diciembre de 2015, el Congreso de Tabasco aprobó una reforma al Código Civil del Estado que prohibió que, a partir del 13 de enero de 2016, los extranjeros vinieran a tener hijos a través de una madre gestante sustituta.
Tras la reforma de la ley, actualmente, tanto en Sinaloa como en Tabasco, solo pueden acceder a la gestación subrogada los ciudadanos mexicanos.
Por lo tanto, la gestación subrogada en México no está disponible para extranjeros.
Según datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), entre 2017 y 2019 se registraron mil 959 solicitudes para adoptar en todo el país, pero solo se concedió un 40 por ciento, lo cual equivale a 784 solicitudes aprobadas.
¿POR QUÉ NO ADOPTAR?
De acuerdo al DIF, el proceso de adopción dura de dos a tres años, porque tienen que ver la
convivencia entre los padres adoptivos y el menor, la familia del adoptante, y revisiones de
trabajo social y médicas en ambas partes, lo que reduce el interés, además de que la mayoría de
las parejas buscan adoptar bebés o niños menores de un año, pero si sumas el tiempo que conlleva
el trámite y la conclusión de la adopción, ya transcurrieron al menos 4 años.
En Jalisco, de acuerdo a los datos de DIF estatal, hay 66 niños, niñas y adolescentes (NNA) de entre 3 y 17 años susceptibles de adopción. En este 2022 están en proceso de liberación 45 menores de entre 2 y 5 años, 12 y 17 años, que una vez concluido el trámite estarán en posibilidad de ser adoptados, de los 4 mil
750 niños, niñas y adolescentes (NNA) institucionalizados.