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PBRO. EDUARDO MICHEL FLORES

Hace poco me buscó una señora y me hizo una pregunta: “Padre,
¿se puede anular un matrimonio por infidelidad?”, yo le pregunté: “¿Por
qué me pregunta eso?, ¿es su caso?”, ella me respondió: “Sí, Padre, yo estoy
separada de mi esposo desde hace algunos meses, porque me fue infiel, y hace poco, platicando con una amiga, me aconsejó que me dirigiera al Tribunal Eclesiástico y que pidiera la anulación de mi matrimonio, asentando como causa la infidelidad de mi esposo”.
Yo le dije: “Mire, primeramente hay que ser muy precisos con la terminología que usamos en este tema, la Iglesia habla de ‘proceso de nulidad matrimonial’, no de ‘anulación matrimonial’.
Los términos se parecen, pero no son lo mismo; el ‘proceso de nulidad’ es aquel en el que se puede demostrar que antes de casarse existían motivos suficientes que hicieron el matrimonio nulo.

No es que la Iglesia anule un matrimonio válido, sino que se constata que hubo motivos anteriores al mismo que lo hicieron nulo o inexistente. El ‘proceso de nulidad’ solo procede cuando se contrajo inválidamente matrimonio, es decir, cuando hubo alguna causa anterior al matrimonio que lo hiciera nulo.

Lo que haya pasado después de casarse, por grave y doloroso que sea, no
puede causar la nulidad de un acto válido, legítimo e indisoluble por su carácter sacramental.

Ella me dijo: “¿Me podría decir cuáles son las causas para que un matrimonio sea inválido?”, yo le dije, “Claro que sí, las más comunes son:

1.- Que alguno de los dos fuera menor de edad y no lo hubiera manifestado.
2.- Que alguno de los dos sufra de impotencia y lo hubiera ocultado.
3.- Que alguno de los dos no estuviera bautizado cuando se realizó el matrimonio.
4.- Que el varón tuviera el orden sagrado y no lo hubiera manifestado.
5.- Que hubiera entre los novios consanguinidad, es decir, que fueran parientes y no lo hubieran manifestado; etc”.
6.- Que alguno de los dos, o los dos, no fueran capaces de asumir los compromisos sustanciales para la vida matrimonial.

INFIDELIDAD NO IMPLICA NULIDAD
Ella me dijo: “Entonces, ¿la infidelidad matrimonial no es causa de nulidad?”, yo le dije: “No, es un hecho muy lamentable, pero la infidelidad
matrimonial en si misma no hace nulo un matrimonio de por sí válido”. Entonces, ella me dijo: “Entiendo, Padre, pero ¿qué puedo hacer entonces?”, yo le dije: “En estos casos, si no hay posibilidad de reconciliación y convivencia armónica, la Iglesia permite la separación de los esposos, pero no el divorcio, que no existe en la Iglesia, por lo que los cónyuges pueden vivir separados, pero sin faltar a la fidelidad matrimonial, puesto que están casados, a pesar de la infidelidad y de la separación”. Entonces, ella me dijo: “Ya entendí padre, le agradezco su explicación”.

HASTA QUE LA MUERTE LOS SEPARE
La Iglesia católica considera el Matrimonio como un sacramento que une a un hombre y a una mujer para toda la vida. Al casarse, los esposos prometen a Dios permanecer unidos toda la vida, hasta que la muerte los separe. Cuando existe la sospecha de que hubo alguna causa anterior al matrimonio, que probablemente lo hace nulo, la Iglesia sigue un proceso de nulidad, para declarar nulo un matrimonio eclesiástico que nunca existió.
El proceso concluye cuando un Tribunal Eclesiástico da la sentencia de que el matrimonio fue nulo. A veces, los esposos pueden volver a casarse y a veces no, depende del veredicto del juez eclesiástico que puede declarar que son o no aptos para contraer matrimonio de nuevo.

El hecho de iniciar la causa de nulidad matrimonial no significa que el
matrimonio sea inválido; eso lo dirá la investigación y, por lo mismo, el resultado puede ser: “Consta o no consta la nulidad del matrimonio”. El proceso se puede iniciar en cualquier momento después del matrimonio eclesiástico, solo si se cree que haya causa probable.

Que Dios los bendiga. Nos leemos la próxima semana.

@arquimedios_gdl

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